El presidente del Partido Popular, Pablo Casado, ha decidido que tanto la Sala Penal del Tribunal Supremo como la Fiscalía conozcan sus argumentos para defender que no incurrió en nada irregular, y menos ilegal, en la obtención de su máster por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Y ello antes de que se pronuncien sobre si debe o no admitir a trámite la exposición razonada de la magistrada Carmen Rodríguez-Medel, quien sostiene que existen indicios de que pudo incurrir en un delito de cohecho impropio y de cooperador necesario en otro de prevaricación administrativa.
La defensa de Pablo Casado presentó ayer ante la Sala Penal del Supremo un extenso escrito de 28 folios en los que desgrana los motivos por los que, a su juicio, no hay base alguna para investigarle por esos hechos. La Sala, poco después de recibirlo, dio traslado de ese escrito a la Fiscalía, para que pueda valorarlo a la hora de emitir su dictamen sobre la procedencia o no de que el Supremo le investigue.
El hecho de presentar un escrito de defensa antes de que se pronuncie la Sala sobre la admisión o no a trámite de la exposición razonada no es algo inhabitual, y, de hecho, hay precedentes en la misma línea. El artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es el que ampara esa posibilidad. «Tiene derecho –Pablo Casado– a presentar argumentos defensivos en el Supremo porque al ser aforado no había podido presentarlos en el juzgado» que remitió la exposición razonada, «y que, por tanto, no pudo valorar antes de esa remisión», señalaron al respecto fuentes jurídicas.
Sobre el contenido del informe presentado por la defensa de Casado, en el mismo vienen a concluir dos aspectos esenciales: no incurrió en ninguna actuación de la que pueda derivarse la existencia de los delitos apuntados por la jueza de instrucción, y, si se considerase lo contrario, los mismos habrían prescrito.
Así, se rechaza que Casado hubiese incurrido en el delito de cohecho impropio al que apunta la magistrada Rodríguez-Medel, ya que no recibió ninguna prebenda durante la realización de su máster; y, en cuanto a la cooperación necesaria del delito de prevaricación administrativa, se concluye que el mismo no puede darse por la sencilla razón de que no existió ningún «acuerdo de voluntades» entre el catedrático y director del máster, Enrique Álvarez-Conde, y Pablo Casado, en su condición de alumno, según señalaron a LA RAZÓN fuentes jurídicas.
En esta línea, viene a señalar que el hecho de matricularse y estudiar un curso de posgrado, que fue lo que hizo, no puede tener ninguna relevancia jurídica. Pero, incluso va más allá y, según las citadas fuentes, Casado afirma que del propio relato que realiza la magistrada en su exposición razonada no hay nada de la que pueda desprenderse que haya podido incurrir en los delitos de cohecho impropio o cooperador necesario de prevaricación administrativa.
Por otro lado, la Sala Penal, tal como adelantó LA RAZÓN, dio traslado ayer mismo de la citada exposición razonada a la Fiscalía, junto al escrito presentado por la defensa de Pablo Casado, para que se pronuncie sobre si procede o no admitirla a trámite y, por tanto, iniciar una investigación al presidente del PP. El Ministerio Público prevé presentar su dictamen antes de final de mes.
Una vez informe la Fiscalía, será la Sala de Admisión –integrada por los magistrados Manuel Marchena, presidente, Miguel Colmenero, Francisco Monterde, Pablo Llarena y Ana Ferrer– la que tenga la última palabra y decida si nombra instructor para que inicie la investigación o devuelve la exposición razonada al juzgado que la remitió si no aprecia indicios de delito en Pablo Casado.
En la exposición razonada de la magistrada Rodríguez-Medel se viene a concluir que Pablo Casado «pudo verse favorecido con este regalo académico –el título de máster– por su relevancia política e institucional» y que actuó en «connivencia» con el director del máster, Álvarez Conde, que es, precisamente, lo que niega tajantemente Casado.
Fuente: La Razón