[wp_ad_camp_2]
Tal día como hoy del año 1492, En Pere Sou, mercader de Ibiza, compareció ante el Baile General del Reino de Valencia, mostrando haber pagado los derechos correspondientes a dos esclavas blancas de nombre Magdalena y María.
El esclavo era, en el Reino de Valencia de esa época, un objeto más de comercio, siendo comprado y vendido usualmente; existía para ello un mercado de esclavos, siendo los lugares más acostumbrados La Lonja de Mercaderes, la plaza de la Seo o el mismo mercado; a estos lugares acudían los comerciantes o personas interesadas en adquirir cualquier objeto o alimento y también, esclavos.
Las gestiones eran llevadas por un procurador o representante del interesado, y es que cuando alguien quería vender un esclavo podía hacerlo él mismo, pero generalmente acudía a una persona que realizaba la operación como profesional; estos eran los llamados “Corredores”
El último documento encontrado de Bailía que hace referencia directa a esclavos lleva fecha de 24 de diciembre de 1686.
¿Cómo se identificaba a un esclavo?: eran frecuentes las sujeciones con ramales y hierros, sobre todo entre los esclavos que trabajaban la tierra.
En ocasiones, a los esclavos se les hacían determinadas marcas o señales a fuego en su rostro y que indicaban su condición de esclavo y la propiedad de determinado amo. Muy a menudo se observaba una S en una mejilla y un dibujo de un clavo (clau) en la otra (sclau).
Por lo general un esclavo vestía de forma muy sencilla, como máximo disponía de tres o cuatro prendas, fundamentalmente las alpargatas, la camisa y el típico “saragüells” Los nobles que tenían esclavos los exhibían como signo externo de riqueza por lo que procuraban que estos fuesen bien vestidos.
-Los esclavos tenían orígenes muy diversos siendo muy grande la variedad de razas. Pero, fundamentalmente, provenían del norte de África.
La edad de los esclavos abarcaba de los 15 a los 25 años, que eran los más apreciados por encontrarse en la plenitud de sus fuerzas físicas.
Sobre sus derechos cabe destacar que el esclavo que no cumplía la voluntad de su amo quedaba sujeto al castigo que aquél quisiera imponerle. Lo único que se prohibía eran las mutilaciones. Los esclavos carecían de derechos y, entre ellos, el de contraer matrimonio aunque sí se aceptaban las uniones de hecho.
Por otro lado el amo estaba obligado a defender a su esclavo frente a terceros, ya que este no tiene capacidad para entablar demandas, pues carecía de capacidad jurídica.
En la imagen vemos un panel de azulejos siglo XVIII representando una casa valenciana con dos esclavos de distinta raza.