La Audiencia ratifica que los incidentes en el casco viejo de Pamplona de 2017 no son «kale borroka»

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha confirmado la condena a dos años de cárcel por un delito de desórdenes públicos a cuatro jóvenes que participaron en los incidentes violentos que se produjeron en una manifestación en el casco viejo de Pamplona el 11 de marzo del pasado año.

Los magistrados rechazan así el recurso de apelación de la Fiscalía, que pedía una condena por un delito de desórdenes públicos de carácter terrorista, al entender que los hechos se enmarcan en la “kale borroka” y que sus autores actuaron bajo el amparo de ETA.

El Tribunal Supremo vio en su día indicios de un delito de terrorismo y dejó en manos de la Audiencia Nacional la investigación en detrimento de un juzgado de instrucción de Pamplona.

La Sala hace hincapié en su resolución en que este delito debe ser cometido por una organización terrorista o al amparo de la misma.

Pero el tribunal rechaza que los acusados actuaran al amparo de ETA, al no haberse rebatido en el juicio con pruebas suficientes «no solo la falta de apoyo logístico sino la ausencia de directrices u órdenes e incluso que la intención de los condenados fuera actuar en nombre o coadyuvando en algo a la organización ETA».

La sentencia recurrida declaró probado que desde la iniciativa de la izquierda radical abertzale autodenominada “Errepesoari Autodefensa” se promovió una manifestación en el transcurso de la cual un grupo de individuos -con las tareas perfectamente distribuidas y que usaban guantes, embozados mediante capuchas y camisetas que ocultaban su rostro-, actuando con el propósito de alterar de forma grave la tranquilidad ciudadana, protagonizó violentos incidentes de orden público y ataques perfectamente organizados. En dicha protesta se escucharon también consignas como “borroka da bide bakarra” (la lucha es el único camino) y “gora ETA”.

Fuente: La Razón

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