El procedimiento iniciado el 31 de octubre de 2017, cuando se admitió a trámite la querella de la Fiscalía –presentada inicialmente sólo contra los integrantes de la Mesa de la Cámara catalana– por la declaración de independencia unilateral de Cataluña, los actos violentos llevados a cabo el 27 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Hacienda y la culminación con la celebración del referéndum ilegal del 1-O, está a punto de finalizar y entrar ya en la última fase previa al juicio oral.
Una vez que se han rechazado los últimos recursos de los nueve procesados que se encuentran en prisión provisional en prisión provisional sólo resta que la Sala confirme o rechace la conclusión del sumario, algo que, según fuentes jurídicas, no tardará en conocerse.
En el primero de esos supuestos se entraría directamente en la fase de calificación por parte de las acusaciones y defensas, mientras que en el segundo el proceso se podría dilatar si la Sala decide practicar algunas de las diligencias solicitadas por las defensas antes del juicio. En un principio, todo hace indicar que la conclusión del sumario es la opción que tiene más visos de salir adelante.
Ello daría lugar a que la Sala diese traslado a la Fiscalía para que presentase sus escritos de acusación provisional contra los 18 procesados que están en España, de los que nueve se encuentran en prisión provisional acusados de los delitos de rebelión y malversación, que serán los que se sienten inicialmente en el banquillo, ya que los otros siete se encuentran fugados (entre otros, Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Marta Rovira). Y de forma simultánea se daría ese traslado, y por idéntico plazo, a la acción popular, ejercida por VOX.
Posteriormente, les correspondería a las defensas presentar sus escritos de conclusiones, en los que, lógicamente, solicitarán la absolución de sus defendidos. En este caso, lo previsible es que se otorgue un plazo «extenso» para cumplimentar el trámite.
Una vez la Sala reciba estas conclusiones estará ya todo preparado para que se fije la fecha de inicio del juicio oral. En un principio, la previsión es que pudiese comenzar a finales de noviembre, aunque dependerá de si hay o no que celebrar nuevas diligencias y del plazo para calificar.
Mientras, los encarcelados del «procés» han esgrimido todo tipo de motivos para intentar que, en primer lugar el juez instructor, Pablo Llarena, y posteriormente la Sala de Recursos, revocaran esa situación y pudiesen recuperar la libertad. En los primeros recursos, las alegaciones eran meramente técnicas, jurídicas, pero en las últimas se produjo un cambio más que sustancial: se apelaba al «corazón» de los magistrados, a motivos «humanitarios». Lo que no cambió fue la decisión de la Sala: todos seguirán en prisión, situación que no se modificará y en la que llegarán al juicio oral.
Así, por ejemplo, no deja de ser llamativo uno de los motivos alegados por Josep Rull en su último recurso rechazado. El ex conseller de Territorio alegaba que se menoscabaría su derecho de defensa si llegaba preso al juicio y debía, por tanto, ser custodiado en un recinto inapropiado, el Tribunal Supremo, y el hecho de alimentarse «…en condiciones precarias, en habitaciones no habilitadas para ello»; por lo que resultaba «obvio que, en tales condiciones, la capacidad de atención y concentración de los investigados será ínfima a los pocos días de haber comenzado la vista. Con suerte, su salud no se verá afectada». La respuesta de la Sala es «tranquilizadora» al respecto: «La dignidad de los procesados, las condiciones de su alimentación y la habitabilidad de custodia serán debidamente garantizadas por esta Sala».
Raül Romeva se dirigía, al igual que gran parte de encausados presos, alas consecuencias familiares negativas que provoca su permanencia entre rejas para su unidad familiar, integrada por esposa, hijos y suegra. Para acreditar esa sintomatología que afecta a sus familiares aportó informes clínicos; mientras que el ex vicepresidente Oriol Junqueras aludía por un lado al tiempo que lleva en prisión –desde el 3 de noviembre– y a las «circunstancias familiares», entre las que citaba «una sobrecarga personal y una afectación emocional» en su esposa.
La ex presidenta del Parlament Carme Forcadell también seguía esa misma línea y ponía especial énfasis en los «efectos pluridimensionales y las contingencias en el entorno social y familiar» derivados de su situación de presa. Así, señalaba el empeoramiento de la salud de su madre, de 90 años, y el hecho de que su nieto de 12 meses «ni tan siquiera reconoce a su abuela».
La Sala, tras comprender la «digna invocación de razones familiares», viene a concluir que «los sentimientos de aflicción de los familiares debilitan su rango axiológico y no pueden operar como razones desencadenantes de la libertad».
Dolors Bassa marcaba un punto de distancia respecto a sus compañeros presos. Además de aludir a la presunción de inocencia y a un derecho equitativo y de defensa, señalaba como causa para pedir su excarcelación dos motivos politicos: por un lado, el que ha abandonado «por completo» la política, por lo que no existiría riesgo de reiteracion delictiva, a
lo que habría que unir que «el clima politico actual es proclive al diálogo entre el Gobierno central y el de la Generalitat», datos «absolutamente objetivos y que debieran merecer la consideración de la Sala».
Sin embargo, los magistrados que la juzgarán le responden de forma tajante: «Ni las medidas cautelares vigentes –prisión provisional– respondieron en el momento de su adopción a un determinado clima político».
Fuente: La Razón