La Audiencia territorial de Schleswig-Holstein ha decidido hoy extraditar a España al expresidente catalán Carles Puigdemont por malversación de fondos, pero no por el delito de rebelión.
El tribunal ha indicado asimismo que no percibe inconvenientes o impedimentos a la extradición de Puigdemont, aunque no apunta fechas concretas ni un período en el que se deba llevar a cabo esta operación, un proceso que deberá ejecutar la fiscalía.
Además, ha decidido que Puigdemont no entre en prisión preventiva, desoyendo la petición de la fiscalía, ya que «siempre» ha cumplido con las obligaciones derivadas de su estado actual de libertad bajo fianza
El tribunal indica en un comunicado que considera «no admisible» extraditar al líder soberanista por rebelión, como había solicitado el juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo español, reiterando los argumentos que ya había expuesto previamente, en los que apuntaba que no se produjo el grado de violencia «suficiente».
Tampoco admite el delito de perturbación del orden público, que planteó también la Justicia española en el caso de que no se admitiese finalmente el delito de rebelión.
Sin embargo, la Audiencia territorial de Schleswig-Holstein sí que considera «admisible» la petición de extradición por un presunto delito de malversación de fondos públicos en relación con la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre.
El escrito del tribunal asegura que Puigdemont pudo haber tenido una «corresponsabilidad» en decisiones que supusieron una carga para las arcas públicas, un extremo que, no obstante, subraya que se deberá sustanciar en un juicio en España.
La Audiencia desdeña asimismo los argumentos de la defensa del líder soberanista, que pedía no extraditar a España a Puigdemont porque era un perseguido político y no iba a poder tener allí un juicio justo.
La Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein asegura que tiene una «confianza ilimitada» en que la Justicia española actuará en este caso dentro de los estándares que se esperan de la «comunidad de valores» y del «espacio de derecho común» de la Unión Europa.
Fuente: La Razón