Una nueva ordenanza aprobará las zonas de degustación en los mercados de Valencia

La normativa prohibirá cocinar en las paradas y tampoco se podrá consumir en los puestos salvo con un permiso del Ayuntamiento

Comunidad Valenciana.Valencia.02/06/2017.Turistas en el Mercado Central.Fotografía de Jesus Signes.

El borrador de la ordenanza de mercados que sustituirá a la aprobada en 2004 ya ha salido del Ayuntamiento, lista para que sea debatida las próximas semanas y las asociaciones de vendedores puedan presentar alegaciones, además de los grupos políticos y quien quiera. El concejal de Comercio, Carlos Galiana, ha celebrado reuniones con el sector para acordar un primer documento donde la novedad se encuentra en que las concesiones pasarán de 20 a 40 años, así como la regulación de las zonas de degustación en los recintos municipales, con el fin de dar respuesta a otras formas de consumo y al turismo.

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En el borrador se indica que estas zonas serán posibles «a iniciativa municipal o previa solicitud de las asociaciones de vendedores, en aquellos mercados en los que técnica y sanitariamente sea viable». Se tratará de zonas específicas con unas normas de utilización y funcionamiento, donde el Consistorio podrá definir modelos comerciales en los que «se autorice y regule el consumo de productos».
La ordenanza, en su fase de borrador, cuenta también prohibiciones en este sentido. «Está prohibido elaborar alimentos en los puestos, así como promover situaciones de consumo delante de los mismos, que den lugar a su confusión con actividades hosteleras o de restauración tales como las de bar, cafetería, o cualquier otra no autorizada». La excepción se encuentra en autorizaciones concedidas para eventos o actividades especiales.

«En los puestos de venta de artículos comestibles se podrá autorizar la degustación de los productos cuya venta se tenga autorizada», se indica aunque «con carácter general, la degustación gratuita de los productos se hará a modo de muestra y con fines promocionales. No se considerará gratuita si se ofrece la posibilidad de otorgar propina», finaliza este apartado.

Detalle de los productos
La normativa es bastante estricta en este sentido, dado que la solicitud «deberá indicar claramente los productos objeto de degustación, condiciones en que se desea realizar y periodicidad de la misma. Se entenderá desestimada si, transcurrido un mes desde su presentación, no ha sido resuelta».

La futura normativa obligará a que tengan «autorización municipal expresa, previo informe del servicio municipal competente en materia de sanidad, la degustación no gratuita de productos. La solicitud habrá de presentarse con una antelación mínima de un mes».

Igual que en el caso anterior, en la petición deberá indicarse «claramente los productos objeto de degustación, condiciones en que se desea realizar y fecha para la que se solicita. No se autorizarán más de dos degustaciones anuales por cada parada o agrupación de puestos».

Cuando la degustación, con fines promocionales del mercado, afecte a la totalidad del recinto, la solicitud al Consistorio deberá ser formulada por la asociación de vendedores y contar con la aprobación de dos tercios de las personas titulares.

Se permitirá también, previa la autorización municipal, la degustación habitual de café o infusiones siempre que el puesto tenga autorizada su venta con carácter exclusivo o principal. La degustación de zumos, macedonias o batidos se podrá autorizar en los términos establecidos en la normativa. En ningún caso la degustación podrá obstaculizar la circulación o la venta de otros puestos ni implicará el ejercicio de una actividad de restauración.

Atraer vendedores
En cuanto a las concesiones, en los casos de mercados de gestión directa, los titulares de un puesto tendrán derecho sobre el mismo durante un plazo máximo de veinte años, prorrogable hasta veinte años más. Según los redactores de la ordenanza, esto tiene el propósito de «atraer a personas interesadas en la prestación del servicio, con el aliciente que supone la estabilidad en el negocio a tan largo plazo».

La ordenanza tiene también el objetivo de resolver los problemas jurídicos creados por la autogestión del Mercado Central y el mercado del Cabanyal, donde el Consistorio tuvo que recurrir a la firma de un acuerdo para poder eludir la obligación de que se anulara este método decidido por los vendedores. Por último, se indica que se regula la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas y los elementos en situación de fuera de ordenación, además de la figura expresa de la autogestión por el anterior motivo.

LOS DATOS
Regulación
El debate de los últimos años ha pasado por fijar si las zonas de degustación debían ser comunes o en los puestos.
Competencia
La normativa reitera en varios artículos que no se podrá hacer algo similar a un local de hostelería en las paradas.
Plazos
El borrador se publicará este mismo mes para recibir alegaciones, aunque la concejalía ha consensuado el documento.